División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 22297
10 de diciembre, 2021
DFOE-LOC-1453
Señora
Marjorie Mejías Villegas
Secretaria del Concejo Municipal
concejo@atenasmuni.go.cr
Licenciado
Wilberth Martín Aguilar Gatgens
Alcalde Municipal
alcaldia@atenasmuni.go.cr
jrodriguez@atenasmuni.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Alajuela
Estimados señores:
Asunto: Aprobación parcial del presupuesto inicial para el año 2022 de la
Municipalidad de Atenas
Con el propósito de que lo haga de conocimiento de los miembros del Concejo
Municipal y se emitan las instrucciones a las instancias que resulten pertinentes, se le
comunica la aprobación parcial del presupuesto inicial de la Municipalidad de Atenas por la
suma de ?2.576,65 millones1.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica; 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República (LOCGR), n.° 7428; 106 del Código Municipal, Ley n.° 7794 y otras leyes
conexas.
El presupuesto inicial fue enviado a la Contraloría General mediante oficio
n.° MAT-DA-1095-2021 del 30 de setiembre de 20212, atendiendo el plazo establecido en el
artículo 19 de la Ley n.° 7428 antes citada por medio del Sistema de Información sobre
Planes y Presupuestos (SIPP), de conformidad con lo preceptuado en la norma 4.2.12 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público (NTPP)3.
1 Monto exacto ?2.576.652.812,44.
2 Identificado con e ...
Fecha publicación: 13/12/2021
Fecha emisión: 10/12/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: PRESUPUESTO INICIAL
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO ORDINARIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Al contestar refiérase
al oficio N° 21309
25 de noviembre, 2021
DFOE-CAP-1045
Señor
Wilberth Martin Aguilar Gatjens
Alcalde
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Estimado señor:
Asunto: Remisión del informe N° DFOE-CAP-SGP-00006-2021 sobre la capacidad
de gestión institucional
Me permito remitirle el informe DFOE-CAP-SGP-00006-2021, preparado por el Área de
Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades de la División de Fiscalización Operativa y
Evaluativa, en el cual se consignan los resultados del seguimiento de la gestión sobre la
capacidad de gestión institucional con el objetivo brindar un panorama general sobre la
capacidad de gestión institucional, con base en el análisis del marco regulatorio y buenas
prácticas aplicables, con el propósito de promover su fortalecimiento en procura de la
generación de valor público.
Dicho informe comprende los resultados del análisis de la capacidad de gestión
institucional a partir de las dimensiones que conforman el Modelo Integrado de Gestión
Pública (MiGPS), el cual integra cuatro dimensiones -estrategia y estructura; liderazgo y
cultura; procesos e información; competencias y equipos- para el fortalecimiento de la
capacidad de gestión institucional; es decir, la articulación y preparación de los recursos
disponibles de cada entidad para cumplir sus funciones, objetivos y alcanzar los resultados.
Esas dimensiones consideran una serie de prácticas vinculadas a la gestión para
resultados, los riesgos, la calidad y el control interno en cada una de las dimensiones
definidas, cuya implementación en los subsistemas de gestión de las instituciones -financiera,
potencial humano, bienes y tecnologías de información- permite fortalecer la capacidad de
gestión institucional en procura de satisfacer las necesidades de la ciudadanía y generar valor
público mediante el desempeño eficiente y eficaz de su gestión.
Los principales res ...
Fecha publicación: 26/11/2021
Fecha emisión: 25/11/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo de Capacidades
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Seguimiento para la Mejora Pública
H-SG-03-06_01 V6
Al contestar refiérase
al oficio N.º 16607
28 de octubre, 2021
DFOE-SEM-1152
Señor
Wilberth Martín Aguilar Gatjens
Alcalde Municipal
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Señora
Marjorie Mejías Villegas
Secretaria del Concejo Municipal
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Estimados señores:
Asunto: Emisión del Informe N.° DFOE-SEM-SGP-00001-2021 “Índice Institucional
de Cumplimiento de Disposiciones y Recomendaciones (IDR)”.
Para su información y fines consiguientes, y con la solicitud de que se haga del
conocimiento de los miembros del Concejo Municipal, me permito comunicarle la emisión del
Informe N.° DFOE-SEM-SGP-00001-2021, “Índice Institucional de Cumplimiento de
Disposiciones y Recomendaciones (IDR)”, preparado por la Contraloría General de la
República.
El IDR tiene como propósito medir la eficacia, eficiencia y gestión de los sujetos
fiscalizados, respecto a la atención de las disposiciones y recomendaciones contenidas en los
informes de auditoría del período 2019-2020, según los avances logrados al 31 de julio de
2021.
A efecto de dar a conocer los principales resultados del IDR 2021, se adjunta una
infografía con los principales resultados, así como la ficha correspondiente al detalle de la
calificación obtenida por esa Municipalidad. También se ha puesto a disposición un sitio web,
en el cual se podrá descargar la versión digital del citado Informe y visualizar la calificación
para cada una de las instituciones objeto de medición. Puede ingresar a dicho sitio en el
siguiente enlace: https://sites.google.com/cgr.go.cr/idr
Cabe indicar que, previo a la comunicación de los resultados, se realizó un proceso de
validación con las instituciones, cuyas observaciones fueron analizadas por el Área de
Seguimiento para la Mejora Pública, y se incorporaron los ajustes procedentes.
Finalmente, se insta a esa Municipalidad a considerar los resultados del IDR, a efectos
de i ...
Fecha publicación: 28/10/2021
Fecha emisión: 28/10/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Seguimiento para la Mejora Pública
Tipo documental: OFICIO DE REMISION DE INFORMES
Proceso: SEGUIMIENTO DE LA GESTION PUBLICA
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 13397
9 de setiembre, 2021
DFOE-LOC-0757
Señora
Marjorie Mejías Villegas
Secretaria del Concejo Municipal
concejo@atenasmuni.go.cr
Señor
Wilberth Martin Aguilar Gatgens
Alcalde Municipal
alcaldia@atenasmuni.go.cr
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Alajuela
Estimados señores:
Asunto: Aprobación del presupuesto extraordinario N.° 1-2021 de la
Municipalidad de Atenas
La Contraloría General recibió el oficio N.° MAT-DA-0851-2021 del 9 de agosto de
2021, mediante el cual se remite el presupuesto extraordinario N.° 1-2021 de esa
Municipalidad, que tiene el propósito de incorporar al presupuesto vigente la recalificación
del ingreso del servicio de recolección de residuos y recursos por financiamiento de
Superávit libre y específico, para ser aplicados en las partidas de gastos de
Remuneraciones, Servicios, Materiales, Bienes duraderos y Transferencias corrientes.
1. CONSIDERACIONES GENERALES
1.1. FUNDAMENTO NORMATIVO DE LA GESTIÓN
El acto de aprobación presupuestaria se efectúa con base en las atribuciones
conferidas a la Contraloría General de la República en los artículos 184 de la Constitución
Política de la República de Costa Rica, 18 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la
República (LOCGR) N.° 7428 y otras leyes conexas.
La aprobación interna efectuada por el Concejo Municipal como requisito de
validez del documento aportado, consta en el acta de la sesión ordinaria N.° 100 celebrada
el 27 de julio de 2021. Esto de conformidad con lo regulado en la norma N.° 4.2.3 de las
Normas Técnicas sobre Presupuesto Público– NTPP1–.
...
Fecha publicación: 15/09/2021
Fecha emisión: 09/09/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
Proceso: ANALISIS DE PRESUPUESTO EXTRAORDINARIO
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 11545
5 de agosto, 2021
DFOE-LOC-0617
Máster
Maricruz Arce Delgado
Auditora Interna
m.arce@atenasmuni.go.cr
aud_atenas@hotmail.com
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Alajuela
Estimada señora:
Asunto: Emisión de criterio respecto a la inversión en calles públicas
Se procede a responder el oficio n.° MAT-AUI-149-2021 de 14 de junio de 2021, con
el que la Auditora interna de la Municipalidad de Atenas consulta:
¿Pueden las municipalidades invertir fondos públicos en caminos
vecinales con menos de 14 metros de ancho? (El destacado corresponde al
original).
I. MOTIVO DE LA GESTIÓN
Como motivo de la gestión, se señala que se tienen dudas sobre la aplicación del
artículo 4 de la Ley General de Caminos Públicos (LGCP)1, dentro del abordaje de un
estudio especial de auditoría.
Y pese a que la gestionante no establece su posición respecto a la consulta; si indica
que, analizando el tema, encontró el dictamen n.° 070 de 16 de marzo de 2011, emitido por
la Procuraduría General de la República (PGR), que determina:
De lo expuesto se concluye que el artículo 4 de la Ley General de Caminos
Públicos no regula el ancho de las calles locales, y en este único punto se
reconsidera el Dictamen No. C-178-1997 del 22 de setiembre de 1997, en
cuanto estima que esa norma establece que el ancho mínimo de las calles debe
ser de catorce metros.
En razón de lo anterior, el ancho de las calles locales será el que disponga el
Plan Regulador, aprobado por la Dirección de Urbanismo y publicado en el
diario oficial (artículo 17 de la Ley de Planificación Urbana), el cual debe:
responder a la satisfacción del interés general; ajus ...
Fecha publicación: 10/08/2021
Fecha emisión: 05/08/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Competencias de las Municipalidades , Uso de recursos
División de Fiscalización Operativa y Evaluativa
Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
Al contestar refiérase
al oficio N.° 10255
12 de julio, 2021
DFOE-LOC-0472
Máster
Maricruz Arce Delgado
Auditora Interna
m.arce@atenasmuni.go.cr
aud_atenas@hotmail.com
MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Alajuela
Estimada señora:
Asunto: Aprobación de la modificación del reglamento de organización
y funcionamiento de la auditoría interna de la Municipalidad
de Atenas
Mediante el oficio n.° MAT-AUI-154-2021 de 01 de julio de 2021, la Auditora
Interna de la Municipalidad de Atenas, somete a consideración de la Contraloría
General de la República (CGR), la modificación al Reglamento de Organización y
Funciones de la Auditoría Interna (ROFAI) de esa Municipalidad.
Analizada la documentación relativa a la gestión, se tiene que junto a la
solicitud de aprobación de las modificaciones del ROFAI del Atenas, se presentó la
certificación emitida por la Secretaria a.i del Concejo Municipal de Atenas, del
acuerdo donde se aprueban los ajustes a las modificaciones del Reglamento de
conformidad con el oficio n.° 04915 (DFOE-DL-0456) de 07 de abril de 2021 emitido
por la CGR; la declaración jurada de la Auditoría Interna del Atenas indicando que lo
aprobado cumple con la normativa aplicable, y el documento comparativo de las
regulaciones originales, la modificaciones pretendidas y los cambios realizados al
ROFAI.
De lo anterior, se desprende que el ROFAI del Atenas, fue actualizado y
modificado por la titular de la Auditoría Interna, sometido con los cambios que se le
realizaron a aprobación del Concejo Municipal, donde se tramitó y aprobó, mediante
los acuerdos n.os Sesión 60 de 18 de enero de 2021, acuerdo 4, inciso 10; Sesión 64
de 8 de febrero de ...
Fecha publicación: 13/07/2021
Fecha emisión: 12/07/2021
Institución: MUNICIPALIDAD DE ATENAS
Emite: Área de Fiscalización para el Desarrollo Local
Tipo documental: REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
Proceso: APROBACION DE REGLAMENTO DE ORGANIZACION Y FUNCIONAMIENTO DE LAS AUDITORIAS INTERNAS
División Jurídica
Al contestar refiérase
al oficio Nº 09455
28 de junio de 2021
DJ-0881
Señor
Eduardo González Sánchez, Delegado Ejecutivo
FUNDACIÓN PARQUE MARINO DEL PACÍFICO
Ce: financiero@parquemarino.org
Estimado señor
Asunto: Se rechaza solicitud de criterio por incumplimiento de requisitos: falta de
competencia del Órgano Contralor y falta de legitimación.
Se refiere este despacho a su oficio n° FPMP-DE-104-2021, de fecha de 24 junio
del 2021, recibido en esta Contraloría General en esa misma fecha, mediante el cual
solicita criterio sobre si la Fundación Parque Marino del Pacífico, debe utilizar el Sistema
Integrado de Compras Públicas -SICOP-, para realizar procesos de compra, cuando los
fondos a utilizar sean públicos.
En atención a la consulta planteada, debe advertirse que en el ejercicio de la
potestad consultiva de la Contraloría General, regulada en el artículo 29 de la Ley
Orgánica (Ley n.º 7428 del 4 de setiembre de 1994), el órgano contralor, en el ámbito de
sus competencias, atiende las consultas que al efecto le dirijan los órganos
parlamentarios, los diputados de la República, los sujetos pasivos y los sujetos privados
no contemplados en el inciso b), del artículo 4, de la indicada ley.
Al respecto, el “Reglamento sobre la recepción y atención de consultas dirigidas a
la Contraloría General de la República”, R-DC-0197-2011 de las 8:00 horas del 13 de
diciembre de 2011, establece las condiciones que rigen el trámite y la atención de las
consultas ingresadas como parte del ejercicio de la competencia consultiva.
Concretamente, el artículo 8 de dicho Reglamento contempla los requisitos
necesarios para la presentación de una consulta ante la Contraloría General de la
República, entre los que se citan en lo de interés:
Contraloría General de la República
T: (506) 2501-8000, F: (506) 2501-8100 C: contraloria.general@cgrcr.go.cr
http://www.cgr.go.cr/ Apdo. 1179-1000, San José, Costa Rica
mailto:financiero@parquemarino.org
mailto:contral ...
Fecha publicación: 28/06/2021
Fecha emisión: 28/06/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: EMISION DE CRITERIO
Tesauro: Falta de competencia, Falta de legitimación
División Jurídica
_________________________________________________________________________________________________
Al contestar refiérase
al oficio No. 08832
15 de junio de 2021
DJ-0805-2021
Señora
Maribel Brenes Masís
Correo: fundacion@parquemarino.org
mbrenesmasis@hotmail.com
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de levantamiento de incompatibilidad en relación con cargo
de miembro de junta directiva del INCOP y otros cargos desempeñados en
COONATRAMAR R.L., Cámara de Turismo de Puntarenas y Fundación del
Parque Marino del Pacífico, de conformidad con artículos 18 y 19 de la Ley
contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N°
8422.
Se refiere este Despacho a su solicitud de levantamiento de incompatibilidad
relacionado con el cargo de miembro de la junta directiva del Instituto de Puertos del
Pacífico (INCOP) y otros cargos desempeñados en la Cooperativa Autogestionaria de
Transporte Marítimo (COONATRAMAR R.L.), Cámara de Turismo de Puntarenas y
Fundación del Parque Marino del Pacífico, de conformidad con los artículos 18 y 19 de la
Ley contra la Corrupción y el Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública, Ley N° 8422 -en
adelante LCEIFP- presentada mediante escrito de fecha 23 de febrero del 2021 y
complementada mediante información aportada en escritos del 11 y 22 de marzo; 23 de
abril y 25 de mayo, todos del año 2021.
I.
ANTECEDENTES
Se indican en primer término, los antecedentes aportados al efecto por la señora
Maribel Brenes Masís, según el orden cronológico de sus nombramientos en los cargos
privados y públicos:
1) Constancia emitida el 25 de mayo del 2021, por el señor Gerardo González Arias,
Gerente General de la Cooperativa Autogestionaria de Transporte Marítimo,
mailto:fundacion@parquemarino.org
mailto:mbrenesmasis@hotmail.com ...
Fecha publicación: 15/06/2021
Fecha emisión: 15/06/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: CRITERIOS Y PRONUNCIAMIENTOS
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
División Jurídica
_________________________________________________________________________________________________
Al contestar refiérase
al oficio No. 07066
18 de mayo del 2021
DJ-0653-2021
Señora
Maribel Brenes Masís
Correo: fundacion@parquemarino.org
mbrenesmasis@hotmail.com
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de información adicional.
En el marco de su gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicitó
“(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo
dentro de la Fundación.” y ante requerimiento de este Órgano Contralor, su persona
presentó información complementaria mediante escrito del 22 de abril del 2021, al cual
adjuntó certificación de la escritura de constitución de la Asociación Cámara de Turismo de
Puntarenas (CATUP) y señaló en lo conducente:
“La Cámara de Turismo es una organización de derecho privado sin fines de lucro dedicada
a promover y desarrollar el turismo en Puntarenas, regulada por la ley de asociaciones, se
financia de las cuotas que aportan sus afiliados, además ofrece servicios tanto a empresas
como a entes gubernamentales por los cuales emiten facturas oficiales y que cumplen con
lo dispuesto por el Ministerio de Hacienda. No recibe fondos públicos ya que no hay ninguna
ley general ni especial que lo establezca.”
En relación con la indicación referida, se le solicita:
? Indicar si su condición de asociada y/o miembro de la Junta Directiva de la
Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas, obedece a su vez a su
participación o ligamen con alguna empresa o entidad privada en específico; el
nombre de dicha empresa o entidad privada; el cargo que desempeña en dicha
empresa o entidad privada y sus funciones; los serv ...
Fecha publicación: 18/05/2021
Fecha emisión: 18/05/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: División Jurídica
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
División Jurídica
_________________________________________________________________________________________________
Al contestar refiérase
al oficio No. 05534
19 de abril de 2021
DJ-0508-2021
Señora
Maribel Brenes Masís
Correo: fundacion@parquemarino.org
mbrenesmasis@hotmail.com
Estimada señora:
Asunto: Solicitud de información adicional.
En el marco de su gestión de fecha 23 de febrero de 2021, mediante la cual solicitó
“(...) se me brinde la excepción del artículo 18 de la ley Contra la Corrupción y el
Enriquecimiento Ilícito en la Función Pública (N° 8422), para continuar aportando mi apoyo
dentro de la Fundación.” y ante requerimiento de este Órgano Contralor, su persona
presentó información complementaria mediante la que indicó que además del cargo de
Segunda Vicealcaldesa de la Municipalidad de Puntarenas, miembro de la Junta Directiva
del Instituto Costarricense de Puertos del Pacífico y miembro de la Junta Administrativa de
la Fundación Parque Marino del Pacífico, se desempeña como miembro de la Junta
Directiva de la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas.
Concretamente en relación con la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas se le
solicita:
? Indicar si la Asociación Cámara de Turismo de Puntarenas recibe fondos
públicos, así como aportar la documentación respectiva que lo acredite.
Así las cosas, se previene para que dentro del término de 5 días hábiles, contados a
partir de la notificación del presente oficio, remita la información requerida y se le informa
que en caso de omisión, se valorará lo correspondiente, conforme a derecho.
mailto:fundacion@parquemarino.org
mailto:mbrenesmasis@hotmail.com
División Jurídica
_______________________________________ ...
Fecha publicación: 19/04/2021
Fecha emisión: 19/04/2021
Institución: FUNDACION DEL PARQUE MARINO DEL PACIFICO
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)
Proceso: LEVANTAMIENTO DE INCOMPATIBILIDAD (LEY 8422 LCCEI)